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Descripción General de VoteCal

VoteCal es la base de datos centralizada de registro de votantes de California que brinda beneficios a los votantes y funcionarios electorales.

Sitio Web Disponible Públicamente

Los votantes pueden acceder a ciertas porciones públicas de VoteCal para:

Un índice Completo de Registros de Registro de Votantes

VoteCal mantiene toda la información de registro de votantes para todos los votantes en los 58 condados.

Solicitud de Archivo de Información de Registro de Votantes

Individuos calificados o grupos de individuos pueden solicitar acceso a la información de registro de votantes. Para obtener más información, por favor vaya a Solicitud de Archivo de Información de Registro de Votantes.

Un solo Lugar para las Funciones de Mantenimiento de Listas

El “mantenimiento de listas” es el proceso que utiliza VoteCal para garantizar que sus listas de registro de votantes estén actualizadas y sean precisas. Los funcionarios electorales del condado usan VoteCal para verificar si hay registros duplicados, mover el registro de un votante de un condado a otro cuando el votante se muda, verificar los registros de registro para asegurarse de que los votantes no hayan sido condenados por un delito que les impidiera votar, y mucho más.

Ayudar a los Funcionarios del Condado a Establecer Elecciones

VoteCal es utilizado por los funcionarios electorales del condado para ayudar a establecer sus elecciones. Esto incluye colocar a los votantes en los recintos electorales, determinar en qué distritos locales, estatales y del Congreso se encuentran los votantes, realizar un seguimiento de las preferencias de los partidos políticos de cada elector y garantizar que los votantes reciban la guía estatal de información para votantes para las elecciones en todo el estado y folletos de muestra de boletas para todas las elecciones.

Documentos de Orientación

A medida que se agrega nueva funcionalidad al sistema VoteCal, la Secretaría de Estado proporciona documentos de orientación nuevos y/o actualizados a los funcionarios electorales de los condados para proporcionar a los condados dirección y procesos para utilizar eficazmente el sistema VoteCal.

Informes

La ley de California requiere que los funcionarios electorales del condado y el Secretario de Estado elaboren una serie de informes, incluido el Informe de Registro que divide a los votantes registrados de California en varias categorías, y la Declaración de Votación emitida después de cada elección estatal. Todos estos informes públicos y muchos otros se producen a través de VoteCal.

Interfaces Externas de VoteCal

VoteCal realiza muchas funciones, incluida la interacción e intercambio de información con muchos otros sistemas de información estatales y de condados:

Sistemas de Gestión Electoral del Condado (EMS)

Los funcionarios electorales del condado utilizan sus EMS para registrar a los votantes y actualizar la información de los votantes. Esta información se introduce en VoteCal lo más cerca posible del tiempo real.

Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California (CDCR)

Las solicitudes de registro de votantes y los registros de votantes existentes se ejecutan en la base de datos del CDCR. Cualquier solicitante que se confirme que es un delincuente no está registrado para votar y cualquier solicitante existente que se confirme que es un delincuente tiene su registro de votante cancelado.

Departamento de Salud Pública de California (CDPH)

Las solicitudes de registro de votantes y los registros de votantes existentes se ejecutan en la base de datos del CDPH. Cualquier solicitante que se confirme que ha fallecido no está registrado para votar y a cualquier solicitante de registro existente que se confirme que ha fallecido se le cancela su registro de votante.

Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD) de California

VoteCal intercambia información con el EDD para obtener información de cambio de dirección nacional del Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS) para los registros de registro de votantes. Si la dirección de un votante ha cambiado, su información se actualizará en VoteCal y el registro del votante y el historial de votación se transferirán al nuevo condado del votante.

Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) de California

VoteCal interactúa con el DMV por dos razones principales:

  • Los solicitantes elegibles que completen una licencia de conducir, tarjeta de identificación (ID) o transacción de cambio de dirección en línea, por correo o en persona en el DMV serán registrados automáticamente para votar por la Secretaría de Estado de California, a menos que elijan optar por no participar en el registro automático de votantes. Por favor, visite la página web de Votantes Motorizados de la Secretaría de Estado para obtener más información.
  • Cuando un elector solicita registrarse para votar en línea, el elector tiene la opción de usar su firma registrada en el DMV para “firmar” la solicitud. VoteCal recupera firmas del DMV, las agrega a la solicitud del elector y las almacena para que las tengan acceso los funcionarios electorales del condado.

Tribunales Superiores de California: Derechos de Voto - Personas Sujetas a Tutela

El tribunal superior de cada condado está obligado a notificar al Secretario de Estado todas las órdenes judiciales relativas a la competencia de cualquier persona para votar. El Secretario de Estado brinda información sobre el restablecimiento y la revocación del derecho de voto a los funcionarios electorales del condado. El Secretario de Estado informa el número de conclusiones hechas por los tribunales superiores del condado con respecto a la competencia de cualquier persona para votar.

Requisitos de la Ley Help America Vote (HAVA)

VoteCal se ha implementado para proporcionar una base de datos única, uniforme y centralizada de registro de votantes que cumpla con los requisitos aplicables de la Ley Help America Vote (HAVA) de 2002. Las numerosas funciones de VoteCal mejoran los servicios a los votantes de California al:

  • Conectar a la Secretaría de Estado y las 58 oficinas electorales del condado para mejorar el proceso de registro de votantes
  • Proporcionar un sitio web disponible públicamente que permita a los votantes registrarse en línea
  • Proporcionar una base de datos única y oficial en todo el estado de información de registro de votantes

La implementación de VoteCal comenzó con cinco condados piloto (El Dorado, Mendocino, Orange, Sacramento y Solano) a partir de julio de 2015. Los condados restantes se agruparon en una serie de “olas”, y los despliegues mensuales de olas ocurrieron de octubre de 2015 a febrero de 2016. El 26 de septiembre de 2016 el SOS declaró a VoteCal como el sistema oficial de registro para el registro de electores en el Estado.

La Sección 303 del HAVA (Ley Pública 107-22, 107º Congreso) establece los requisitos de la lista computarizada de registro de votantes en todo el estado.

  • 1. El Estado implementará una lista única, uniforme, oficial, centralizada, interactiva computerizada de registro de electores a nivel estatal definida, mantenida y administrada a nivel estatal.
    Esta lista computarizada:
    • servir como sistema único para almacenar y administrar la lista oficial de votantes registrados;
    • contener el nombre y la información de registro de cada elector legalmente registrado en el Estado;
    • asignar un identificador único a cada elector legalmente registrado en el Estado;
    • proporcionar acceso electrónico a la información contenida en la lista por parte de cualquier funcionario electoral en el Estado;
    • permitir que toda la información de registro de votantes sea ingresada electrónicamente en la lista computarizada por cualquier funcionario electoral local en el Estado; y
    • fungir como lista oficial de registro de electores para la realización de todas las elecciones para cargo federal en el Estado.
  • 2. El Estado deberá realizar de manera regular el mantenimiento de listas a la lista informatizada. El estado coordinará la lista computarizada con el Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California con respecto al estado de delitos graves y el Departamento de Salud Pública de California con respecto a los registros de defunción. El mantenimiento de la lista se llevará a cabo de manera que se asegure que:
    • el nombre de cada elector inscrito aparece en la lista computarizada;
    • sólo los votantes que no están registrados o que no son elegibles para votar son eliminados de la lista computarizada; y
    • los nombres duplicados se eliminan de la lista computarizada.
  • 3. El Estado brindará seguridad tecnológica para evitar el acceso no autorizado a la informatizada
  • 4. El Estado velará por que los registros electorales en el Estado sean precisos y se actualicen periódicamente mediante un sistema de mantenimiento de archivos y salvaguardas para que los electores elegibles no sean removidos por error.
  • 5. El Estado verificará la información de registro de electores de los aspirantes. Una solicitud de registro de votante debe incluir el número de licencia de conducir vigente y válido del solicitante o los últimos cuatro dígitos del número de seguro social del solicitante. Si al solicitante no se le ha expedido un número de licencia de conducir o número de seguro social vigente y válido, el Estado asignará al solicitante un número de identificación único para efectos de registro de elector.
  • 6. El Estado emparejará la información de la base de datos de la lista computerizada con la base de datos de la autoridad automotriz que tenga convenio con la comisión del Seguro Social para verificar la información aplicable.