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Servicios de Investigación investiga violaciones penales relacionadas con elecciones, según lo dispuesto por el Código Electoral de California.

Ver algunas de las violaciones más comunes del Código Electoral o ver todas las disposiciones penales del Código Electoral (secciones 18000 a 18700).

Formulario de Queja de Votante Electoral

Si cree que es víctima de fraude electoral o ha sido testigo de una violación criminal del Código Electoral de California, puede usar el Formulario de Quejas Electorales para reportar la violación a nuestra oficina.

Formulario Web para Envío en Línea

Formulario descargable:

Una vez que se haya completado el formulario de queja electoral descargable, se puede enviar por correo o por fax a:

Secretaría de Estado de California
Elecciones División
1500 11th Street, 5to Piso
Sacramento, CA 95814
Fax: (916) 653-3214

Si tiene preguntas, puede comunicarse con la oficina del Secretario de Estado en:

Inglés: (916) 657-2166 o (800) 345 VOTOS (8683)
Español: (800) 232 VOTOS (8682)


Formulario de Quejas HAVA y HAVA

Visite la página web de la Ley Help America Vote Act of 2002 (HAVA) de la Secretaría de Estado de California, para obtener más información sobre HAVA o para presentar una queja de HAVA.


Otros Tipos de Quejas

A continuación se presenta una lista de recursos para algunas de las quejas más comunes no manejadas por nuestra oficina.

  1. Violaciones a la Ley de Reforma Política. Las denuncias de conflicto de intereses por parte de funcionarios públicos o las denuncias que involucren contribuciones de campaña, obsequios, declaraciones, formularios, revelaciones o cualquier otra posible violación de la Ley de Reforma Política (Código de Gobierno secciones 81000 a 91014) deben dirigirse a:

    Comisión de Prácticas Políticas Justas
    1102 Q Street, Suite 3000
    Sacramento, CA 95811
    (866) 275-3772 ó (916) 322-5660 http://www.fppc.ca.gov/

  2. Evaluaciones relacionadas con la Propuesta 218. La aprobación de la Proposición 218, la Ley del Derecho al Voto sobre Impuestos en 1996 estableció nuevos procedimientos de votación que permitían a todos los propietarios que tendrían que pagar una evaluación propuesta decidir si debía imponerse. Ejemplos son las evaluaciones de beneficios o especiales que financian alumbrado público, alcantarillas, aceras, diques y otras mejoras que benefician a una propiedad evaluada. Las boletas se ponderan de acuerdo a la cantidad que pagará cada dueño de propiedad. Solo aquellos que poseen propiedades en el distrito a ser evaluado son elegibles para recibir y emitir boletas (en lugar de votantes registrados, muchos de los cuales no poseen propiedades y no tendrían que pagar la tasación). Para mayor información sobre las normas que rigen las evaluaciones, véase el artículo XIIID de la Constitución de California y del Código de Gobierno, sección 53753. Las quejas sobre los procedimientos de evaluación pueden hacerse ante la entidad que realiza el procesamiento de boletas o ante el tribunal superior.
  3. Elecciones de consejo vecinal de Los Ángeles. Las quejas sobre las elecciones del Consejo Vecinal de Los Ángeles deben dirigirse a:

    Gerente General
    Departamento de Empoderamiento Vecinal de la Ciudad de Los
    Ángeles
    334 - B East 2nd Street
    Los Ángeles, CA 90012 http://done.lacity.org/dnn/

  4. Elecciones de la asociación de propietarios de vivienda. Estas elecciones están obligadas por los términos establecidos en los pactos, condiciones y restricciones de las asociaciones de propietarios de vivienda y por la Ley Davis-Stirling, que se encuentra en las secciones 1363.03-1363.09 del Código Civil de California. Los miembros de la asociación que crean que no se han seguido los procedimientos electorales bajo este código deben comunicarse con un abogado privado o la oficina del Fiscal General de California. Para obtener más información, consulte: https://oag.ca.gov/consumers/general/homeowner_assn.
  5. El robo y vandalismo de los letreros de campaña. Este suele ser un tema local y no se menciona en el Código Electoral. Algunas ciudades tienen ordenanzas específicas que prohíben el robo de letreros de campaña o vandalismo; consulte con su departamento local de aplicación de códigos. De lo contrario, el robo de señales/vandalismo se trata como cualquier otro delito menor contra la propiedad y puede ser reportado a la policía local o a la oficina del alguacil.