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Una auditoría que limita el riesgo es un método para asegurar que los resultados electorales coincidan con las selecciones de los votantes reflejadas en las boletas de papel.

Para los condados de California que optan por realizar una auditoría de limitación de riesgos, utilizando técnicas de muestreo estadístico, los funcionarios electorales revisan una muestra de boletas emitidas en una elección para confirmar que los resultados reportados tabulados por el sistema de votación son precisos. Se podrán revisar boletas adicionales según sea necesario hasta que se confirmen los resultados de la elección con cierto grado de confianza.

En California, cuando se utiliza una auditoría de limitación de riesgos, ésta debe confirmar que los resultados electorales reportados por el sistema de votación tienen un 95% de probabilidades de ser exactos. A diferencia del recuento manual del 1% posterior a las elecciones que tradicionalmente se usa para confirmar los resultados electorales en California, bajo una auditoría de limitación de riesgo, cada papeleta emitida en la elección, independientemente del recinto en el que se haya emitido, tiene la misma probabilidad de ser auditada.

El siguiente diagrama de flujo muestra cómo se llevan a cabo las auditorías de limitación de riesgos:

diagrama de flujo de auditoría de limitación de riesgos

Origen: https://www.verifiedvoting.org/

Programa Piloto de California

En California, un condado puede llevar a cabo una auditoría de limitación de riesgos o un recuento manual del 1%. (Ver, Elec. Código, §§ 15365-15367.) El programa piloto de auditoría de limitación de riesgos se pondrá fin el 1 de enero de 2023.

El Secretario de Estado ha promulgado reglamentos que implementan y administran el programa piloto de auditoría limitante de riesgos. Esas regulaciones se pueden encontrar en: https://www.sos.ca.gov/administration/regulations/.

Proceso de Auditoría que Limita el Riesgo en California

A continuación se resume el proceso de realización de auditorías de limitación de riesgos en California. Este proceso está disponible para la observación pública.

  1. Aviso Público de la Auditoría
    Cualquier condado que opte por participar en el programa piloto deberá proporcionar al menos cinco días de aviso público. Esta página web enumerará cada condado que ha elegido participar.
  2. Selección de la Junta de Auditoría
    El funcionario electoral del condado designará personas para revisar las boletas e identificar las opciones de los votantes. No menos de tres personas revisarán cada boleta, pero las mismas personas no necesitan revisar todas las boletas. Las juntas de auditoría podrán estar conformadas por voluntarios del público y personal de la oficina electoral. Todos los miembros de la junta de auditoría deben completar y firmar una declaración de intención para cumplir fielmente las funciones de la junta de auditoría.
  3. Generación de la Semilla Aleatoria
    Los miembros del público serán invitados a turnarse para lanzar dados de 10 caras para generar un número aleatorio (o semilla). El software de auditoría utilizará esta semilla para identificar aleatoriamente las boletas para auditar.
  4. Entrada de Datos Electorales al Software de Auditoría
    El funcionario electoral del condado ingresará información sobre la elección en el software de auditoría que permite al software de auditoría identificar aleatoriamente boletas para auditar.
  5. Identificación de Boletas para Auditar
    El software de auditoría determinará el número de boletas necesarias para auditar con el fin de confirmar el resultado de la elección con una certeza del 95%. El software de auditoría generará aleatoriamente una lista de boletas para revisar.
  6. Examen de boletas Los miembros de la Junta de
    Auditoría revisarán cada boleta seleccionada por el software de auditoría y determinarán las opciones de los votantes en todos los concursos que se están auditando. El funcionario electoral del condado resolverá cualquier desacuerdo entre los miembros de la junta de auditoría.
  7. Entrada de Elección del Votante en el Software de Auditoría
    El funcionario electoral del condado ingresará en el software de auditoría las determinaciones de las marcas de votantes hechas por la junta de auditoría. El software de auditoría utilizará esta información para determinar si el resultado esperado de la elección es confirmado por esas selecciones de votantes.
  8. Confirmación estadística de resultados electorales
    La auditoría continuará hasta que el software de auditoría pueda confirmar los resultados de la elección con base en las determinaciones de elección del elector que haga la junta de auditoría en las boletas que revisen. Si los resultados representados en las boletas revisadas no concuerdan con los resultados electorales, el software de auditoría generará una lista de boletas adicionales a revisar. Este proceso continuará hasta que se confirmen los resultados de la elección, o bien se revisen todas las boletas emididas en la elección.
  9. Reporte de Resultados de Auditoría
    El funcionario electoral del condado dará a conocer los resultados de la auditoría limitante de riesgos en la certificación de la lona oficial de la votación, la cual se adeuda al Secretario de Estado dentro de los 30 días siguientes a la elección. Este informe incluirá información sobre las boletas revisadas y cualquier cosa inusual que haya ocurrido en la auditoría. Los resultados de todas las auditorías se publicarán en esta página web.

Herramienta de Software de Auditoría que Limita el Riesgo

Todos los condados que participen en el programa piloto utilizarán una herramienta de software RLA proporcionada por la Secretaría de Estado para realizar la auditoría. El Secretario de Estado contrató con VotingWorks para las elecciones de 2020 y 2021 para proporcionar una herramienta basada en la web basada en código abierto y de libre acceso. Esta herramienta se llama Arlo.

Más información sobre Arlo se puede encontrar en la siguiente página web: https://voting.works/risk-limiting-audits/.

Resultados de Auditoría

Todos los condados que participen en el programa piloto de auditoría limitante de riesgos deberán reportar los resultados de la auditoría en la certificación del lienzo oficial de la votación. La información sobre el lienzo oficial de la votación se puede encontrar en: https://www.sos.ca.gov/elections/upcoming-elections/vote-counting-process.

Resultados de auditoría para la Elección General Presidencial de California - 3 de noviembre de 2020

Resultados de auditoría para la elección revocatoria de gobernador de California - 14 de septiembre de 2021

Resultados de auditoría para la elección revocativa del Supervisor del Distrito 2 del Condado de Shasta — 1 de febrero de 2022

Resultados de auditoría para las elecciones primarias estatales de California — 7 de junio de 2022

Resultados de auditoría para las elecciones generales estatales de California — 8 de noviembre de 2022

Esta página web se actualizará con certificaciones de la lona oficial del voto para cada condado que participe en el programa piloto luego de que dichos condados presenten sus certificaciones a la Secretaría de Estado.

Información Adicional Sobre las Auditorías de Limitación de Riesgos

La diferencia entre un recuento manual del 1% y una auditoría de limitación de riesgos:

  • 1% de recuento manual: Los funcionarios electorales realizan un recuento manual público del 1% de todas las boletas tabuladas en un sistema de votación durante una elección, incluidas las boletas de voto por correo. Se trata de un proceso público de conteo manual de votos en el 1% de los recintos, seleccionados al azar por el funcionario electoral, y en un recinto por cada carrera no incluida en los recintos seleccionados al azar. Este procedimiento se realiza durante el sondeo oficial para verificar la exactitud del conteo automatizado. En un año electoral regular, los condados cuentan a mano decenas de miles de boletas como parte del recuento manual del 1%. Este proceso no proporciona evidencia estadística de que el recuento automático encontró al verdadero ganador para cada concurso en la boleta electoral. Este proceso tampoco describe lo que se debe hacer si los resultados del recuento manual no concuerdan con los resultados electorales. (Ver, Elec. Código, § 15360.)
  • Auditoría de Limitación de Riesgos: Los funcionarios electorales contabilizan manualmente las boletas seleccionadas al azar, deteniéndose tan pronto como es inverosímil que un recuento completo muestre un resultado diferente al de las boletas revisadas. Mientras sea estadísticamente plausible que un recuento completo anularía el resultado, la auditoría de limitación de riesgos continúa examinando más boletas electorales. Las auditorías que limitan el riesgo determinan con precisión cuánto recuento manual es necesario para confirmar los resultados electorales a un nivel determinado de confianza. Cuanto más cerca esté la contienda, más papeletas deben examinarse para tener pruebas sólidas, porque menos errores pueden cambiar el resultado. Cuanto mayor sea la confianza deseada (por ejemplo, 99% versus 90%), más papeletas deben examinarse, porque una mayor confianza requiere más evidencia. La ley estatal requiere un límite de riesgo del 5%, o 95% de confianza en el resultado de la elección reportado por el sistema de votación. (Ver, Elec. Código, § 15367).

Métodos para garantizar la seguridad de las boletas y la cadena de custodia

La seguridad de las boletas y la cadena de custodia de las boletas es esencial para garantizar que las boletas sean seguras y no hayan sido manipuladas. Los siguientes métodos logran estos objetivos:

  • Los contenedores de boletas (bolsas, cajas, tinas, etc.) deben estar debidamente identificados, firmados y sellados por al menos dos funcionarios electorales.
  • Un registro de cadena de custodia debe acompañar cada contenedor, y los números de sello deben ser confirmados por los funcionarios electorales en la instalación de almacenamiento de boletas.
  • Los elementos del registro de cadena de custodia pueden incluir la identificación de la comisaría, el número de boletas en cada contenedor y el ID del tabulador. Los mismos principios se aplican a la cadena de custodia de equipos de votación.

Referencias Adicionales