El Artículo II, Sección 9, de la Constitución de California prevé el proceso de referendo en California. Los electores tienen la facultad de aprobar o rechazar los estatutos o partes de los estatutos, con excepción de los estatutos de urgencia, los estatutos que convocan elecciones y los estatutos que prevea gravámenes fiscales o consignaciones para gastos estatales corrientes habituales.
Los referendos pueden calificar para una boleta electoral estatal hasta 31 días antes de una elección (a diferencia de las iniciativas, que deben calificar 131 días antes).
Desde Julio de 2011, las medidas de referendo solo aparecen en las boletas electorales generales.
Nota: Para los efectos de esta página, las referencias a un “estatuto” tienen el mismo significado que las referencias a una “ley”.
Elaboración y Circulación de Petición
Un proponente tiene sólo 90 días a partir de la fecha de promulgación de un proyecto de ley * para solicitar y recibir un título circulante y un resumen de la Fiscalía General, imprimir peticiones, reunir el número requerido de firmas válidas, y presentar las peticiones ante funcionarios electorales del condado. (Selec. Código, §§ 9006, 9014 (c).) Es de señalar que la Procuraduría tiene 10 días para elaborar el título circulante y resumen. (Selec. Código, § 9006 (b).)
Las peticiones deberán ser firmadas por electores registrados en una cantidad igual al menos 5% de los votos emitidos para todos los candidatos a Gobernador en la última elección gubernativa, que se llevó a cabo el 8 de Noviembre de 2022. El número total de firmas válidas que se requieren para calificar un referéndum para la boleta electoral es de 546,651. (Cal. Const., art. II, § 9 (b).)
*En el caso de un mapa de redistribución de distritos, el proponente tiene 90 días a partir de la fecha en que se certifica un mapa final ante la Secretaría de Estado (SOS).
Retiro de Firmas de Petición
Cualquier elector que haya firmado una petición de referéndum podrá tener su firma retirada de la petición al presentar una solicitud por escrito de retiro ante el funcionario electoral correspondiente antes de la fecha de presentación de la petición. Esta solicitud escrita debe incluir el nombre o título de la petición y el nombre del elector, la dirección de residencia y la firma. (Selec. Código, §§ 103, 9602.)
Retiro de Medida Referéndum
Los proponentes de un referéndum podrán retirar su medida en cualquier momento previo a la calificación para la boleta electoral. (Selec. Código, §§ 9033, 9604.)
- El proponente (es) podrá (n) retirar su medida de referendo en cualquier momento antes de presentar la petición ante el funcionario electoral correspondiente, a partir de la recepción por el SOS de una notificación escrita de retirada firmada por todos los proponentes de la medida. (Selec. Código, § 9604 (a).)
- Los proponentes también pueden retirar su medida de referendo después de presentar la petición ante el funcionario electoral correspondiente, pero antes de que el SOS certifique que la medida ha calificado para la boleta electoral. Dicho retiro surtiría efecto al recibir por parte del SOS un aviso escrito de retiro, firmado por la mayoría de los proponentes, a más tardar a las 5 de la tarde del día en que el SOS certifique que la medida ha calificado para la boleta electoral. (Selec. Código, §§ 9033 (c), 9604 (b), (d).)
Retiro contingente de referéndum
El proponente (es) de un referéndum podrá presentar una notificación escrita de retiro ante el SOS que esté supeditada a la promulgación de una medida legislativa en particular. (Selec. Código, § 9604.)
- Un referéndum puede ser retirado condicionalmente después de presentarlo ante el funcionario electoral correspondiente, pero antes de que el SOS certifique la medida como calificada para la boleta electoral. Dicho retiro condicional se presentará a más tardar a las 5 de la tarde del día en que el SOS certifique que el referendo ha calificado para la boleta electoral. (Selec. Código, §§ 9033 (c), 9604 (c), (d).)
- En el aviso de retiro contingente, los proponentes identificarán la fecha de publicación de la versión más reciente de la medida legislativa a la que esté supeditado el retiro. El SOS rechazará un aviso contingente de retiro si la contingencia se relaciona con alguna acción que no sea la promulgación de una medida legislativa especificada. (Selec. Código, § 9604 (c) (1).)
- Un aviso de retiro contingente sólo es efectivo si la medida legislativa identificada en el aviso recibe un número de capítulo por parte del SOS previo a la certificación del referendo como calificada para la boleta electoral. (Selec. Código, §§ 9033 (c), 9604 (c) (2).) Si la medida legislativa no se encuentra en capítulo o se modifica después de que se presente el aviso de retiro contingente, no se dará efecto al retiro condicional de la medida referendo. Elec. Código, § 9604 (c) (3).)
- Si falla un retiro contingente, los proponentes podrán presentar un nuevo aviso de retiro contingente en cualquier momento antes de que el SOS certifique el referendo como calificado para la boleta electoral. (Selec. Código, § 9604 (c) (3).)
- Los proponentes de una medida referencial podrán cancelar un aviso de retiro contingente mediante la presentación de una notificación por escrito ante el SOS en cualquier momento antes de que se promulgue la medida legislativa identificada en el aviso de retiro contingente y se le dé un número de capítulo por parte del SOS. (Selec. Código, § 9604 (c) (4).)
- Un retiro contingente o una cancelación de un retiro contingente deben ser firmados por al menos una mayoría de los proponentes de una medida de referéndum. (Selec. Código, § 9604 (c) (5).)
- Un aviso de retiro tiene precedencia sobre cualquier aviso de retiro contingente archivado en el SOS. (Selec. Código, § 9604 (c) (6).)
Entrega de firmas
Una vez que se ha recolectado el número requerido de firmas, la petición se presenta ante el (los) funcionario (s) electoral del condado correspondiente. Las peticiones podrán presentarse en secciones; sin embargo, todas las secciones presentadas en un solo condado deben presentarse al mismo tiempo y deben contener firmas de electores registrados en ese condado en particular. Una vez presentadas, las peticiones no podrán ser modificadas salvo por orden de un tribunal de jurisdicción competente. (Selec. Código, § 9030 (a).)
Para evitar que circulen peticiones no autorizadas y que personas no autorizadas presenten peticiones, solo los proponentes de una medida de referéndum propuesta y las personas autorizadas por escrito por uno o más de los proponentes, pueden presentar peticiones. Cualquier otra petición presentada debe ser ignorada por el funcionario electoral del condado (o ciudad y condado) en el que se distribuyó. (Selec. Código, § 9032.)
Recuento crudo de firmas
Una vez que se presentan las peticiones, los funcionarios electorales del condado tienen 8 días hábiles para determinar un recuento bruto de las firmas presentadas y reportar sus hallazgos al SOS. Si el SOS determina que el recuento bruto de firmas en peticiones presentadas en todo el estado carece del 100% de las firmas requeridas, el SOS notificará al proponente (es) y a los funcionarios electorales del condado el fracaso de la medida de referendo propuesta, y no se tomará ninguna otra acción sobre esa petición. (Selec. Código, § 9030 (b).) Si el recuento bruto en todo el estado alcanza el 100% o más del número total de firmas requeridas, el SOS notifica a los condados que comiencen la verificación de una muestra aleatoria de firmas de petición. (Selec. Código, § 9030 (c).)
Verificación de firma: Muestra aleatoria
Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de muestra aleatoria del SOS, los funcionarios electorales del condado están obligados a verificar la validez de las firmas presentadas ante su oficina utilizando una técnica de verificación de muestreo aleatorio. (Cal. Código Regs., tit. 2, § 20521.) Se requiere que el funcionario electoral verifique al menos 500 firmas o el 3% del número de firmas presentadas en su condado, la que sea mayor. Los condados que reciben menos de 500 firmas de petición deben verificar todas las firmas presentadas en su condado. (Selec. Código, § 9030 (d).) Al cumplimentar una muestra aleatoria, el funcionario electoral certifica de inmediato ante el SOS el número de firmas válidas que aparecen en las peticiones presentadas en sus condados. (Selec. Código, § 9030 (e).) A continuación, el SOS aplica una fórmula para determinar el número total proyectado de firmas válidas en todo el estado. (Selec. Código, § 9030; Cal. Código Regs., tit. 2, §§ 20530-20532, 20540.)
Menos del 95 por ciento:
Si se proyecta que el número total de firmas válidas sea inferior al 95% del número de firmas requeridas para calificar para la boleta electoral, se considera que la medida no ha calificado. El SOS debe generar de inmediato un aviso de falla y enviar una copia por correo a los proponentes y funcionarios electorales del condado. (Selec. Código, § 9030 (f).)
Más del 110 por ciento:
Si el total de la muestra aleatoria a nivel estatal proyecta más del 110% del número requerido de firmas válidas (601,317), una de las siguientes ocurrirá dependiendo de cuántos días queden hasta la próxima elección general estatal. (Selec. Código, § 9033 (c).)
- Si quedan al menos 131 días para la próxima elección general estatal, el referéndum sería elegible, pero aún no calificado, para esa boleta electoral. El día 131 antes de esa elección, el SOS deberá emitir un certificado que certifique que el referendo está calificado para la boleta electoral.
- Si quedan menos de 131 días, pero no menos de 31 días, antes de la próxima elección general estatal, el SOS debe emitir de inmediato un certificado que certifique que el referéndum está calificado para esa boleta electoral.
- Si quedan menos de 31 días antes de la próxima elección general estatal, el referéndum sería elegible para la siguiente boleta electoral general estatal. El día 131 antes de esa elección, el SOS deberá emitir un certificado que certifique que el referendo está calificado para la boleta electoral.
Entre 95 por ciento y 110 por ciento:
Si la muestra aleatoria a nivel estatal total proyecta entre 95% y 110% del número requerido de firmas válidas, el SOS notifica a los funcionarios electorales del condado para verificar cada firma en la petición. Este proceso se conoce como “verificación completa”. (Selec. Código, § 9031 (a).)
Verificación de Firma: Verificación Completa
Si es necesaria una verificación completa de firmas, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de verificación completa del SOS, los funcionarios electorales del condado deben determinar el número total de firmas calificadas y transmitir esta información al SOS. (Selec. Código, § 9031 (a).)
Si la medida de referendo propuesta no alcanza el 100% del número requerido de firmas válidas, la medida no califica para la boleta electoral, y el SOS debe notificarlo a los proponentes y a los funcionarios electorales del condado. (Selec. Código, § 9031 (e) (2).)
Si se determina que la medida de referendo propuesta ha alcanzado el 100% del número requerido de firmas válidas, se producirá una de las siguientes dependiendo de cuántos días queden hasta la próxima elección general estatal.
- Si quedan al menos 131 días para la próxima elección general estatal, el referéndum sería elegible, pero aún no calificado, para esa boleta electoral. El día 131 antes de esa elección, el SOS deberá emitir un certificado que certifique que la medida de referendo elegible está calificada para esa boleta electoral.
- Si quedan menos de 131 días, pero no menos de 31 días, antes de la próxima elección general estatal, el SOS debe emitir de inmediato un certificado que certifique que el referéndum está calificado para esa boleta electoral.
- Si quedan menos de 31 días antes de las próximas elecciones generales a nivel estatal, el referéndum sería elegible para la boleta posterior de elecciones generales estatales. El día 131 antes de esa elección, el SOS deberá emitir un certificado que certifique que el referendo está calificado para la boleta electoral.
Estado del Estatuto
Un estatuto que es objeto de una medida de referendo deja de surtir efecto al notificar a los proponentes y funcionarios electorales del condado que el conteo bruto ha alcanzado el 100% o más del número requerido de firmas calificadas. El estatuto seguiría dejando de surtir efecto a menos que y hasta que se produjera una de las siguientes situaciones:
- El SOS o un tribunal de jurisdicción competente concluye que la petición no fue firmada por el número requerido de votantes calificados,
- los proponentes de la medida referendo retirarán la medida, o
- los electores votan para mantener el estatuto.
(Selec. Código, § 9033 (d).)
Referéndum en la Boleta
Una vez en la boleta electoral, se preguntará a los votantes si quieren “guardar la ley” o “anular la ley” (en lugar de “Sí” o “No” como con todas las demás medidas de boleta electoral). (Selec. Código, § 13247.)
- Si los votantes emiten más votos para “guardar la ley” que para “Revocar la ley”, el estatuto que está sujeto a referéndum entra en vigor el quinto día después de que el SOS certifique los resultados electorales, a menos que el estatuto que está sujeto a referéndum disponga lo contrario. (Cal. Const., art. II, § 10 (a).)
- Si los votantes emiten más votos para “Revocar la ley” que para “Mantener la ley”, se deroga el estatuto.
El Resumen de Datos del Referéndum (PDF) proporciona un resumen de una página del número total de referendos propuestos que fueron aprobados para su circulación y que fallaron, pasaron a ser elegibles o calificaron para la boleta electoral. También incluye el número de medidas de referendo que se colocaron en la boleta electoral y el número de leyes que fueron aprobadas o rechazadas por los electores.
A continuación se muestra una lista completa de las medidas de referendo, incluidas las que se colocaron en la boleta electoral y las que se distribuyeron para su firma pero no calificaron para la boleta electoral.
REFERÉNDUS DE CALIFORNIA
1912 — 1 de Enero de 2025
Fecha de Elección | Proposición | Problema | Resultado | Si | % | No | % | |
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1 | 5 de Noviembre de 1912 | 3 | Nombramiento del Registrador de Electores |
Ley rechazada por los votantes | 145,924 | 36,4% | 255,051 | 63,6% |
2 | 5 de Noviembre de 1912 | 4 | Salarios y Tasas, Oficiales, Tribunales, 3ª clase |
Ley rechazada por los votantes | 135,303 | 34,8% | 254,327 | 65,2% |
3 | 5 de Noviembre de 1912 | 5 | Oficiales de un condado | Ley rechazada por los votantes | 142,729 | 36,6% | 246,818 | 63,4% |
4 | 3 de Noviembre de 1914 | 4 | Acitación de las molestias | Ley aprobada por los electores | 402,629 | 53,3% | 352,821 | 46,7% |
5 | 3 de Noviembre de 1914 | 5 | Ley de Sociedades de Inversión | Ley aprobada por los electores | 343,805 | 54,4% | 288,084 | 45,6% |
6 | 3 de Noviembre de 1914 | 6 | Ley de la Comisión del Agua | Ley aprobada por los electores | 309,950 | 50,7% | 301,817 | 49,3% |
7 | 3 de Noviembre de 1914 | 18 | No venta del juego | Ley rechazada por los votantes | 353,295 | 49,4% | 361,446 | 50,6% |
8 | 26 de octubre de 1915 | Derecho Primario Directo | Ley rechazada por los votantes | 112,681 | 41,8% | 156,967 | 58,2% | |
9 | 26 de octubre de 1915 | 2 | Forma de Ley de Boletas | Ley rechazada por los votantes | 106,377 | 41,3% | 151,067 | 58,7% |
10 | 7 de Noviembre de 1916 | Derecho Primario Directo | Ley rechazada por los votantes | 319,559 | 47,7% | 349,723 | 52,3% | |
11 | 5 de Noviembre de 1918 | 17 | Limitaciones de impuestos | Ley rechazada por los votantes | 127,634 | 33,0% | 259,626 | 67,0% |
12 | 2 de Noviembre de 1920 | 2 | Ley de aplicación de la prohibición | Ley rechazada por los votantes | 400,475 | 46,2% | 465,537 | 53,8% |
13 | 2 de Noviembre de 1920 | 8 | Ley de Envenenamiento | Ley aprobada por los electores | 479,764 | 63,9% | 270.562 | 36,1% |
14 | 2 de Noviembre de 1920 | 13 | Propiedad Comunitaria | Ley rechazada por los votantes | 246,875 | 32,0% | 524,133 | 68,0% |
15 | 2 de Noviembre de 1920 | 14 | Ley de seguros | Ley rechazada por los votantes | 308,062 | 48,4% | 328,115 | 51,6% |
16 | 2 de Noviembre de 1920 | 15 | Ley del Distrito de Riego | Ley aprobada por los electores | 314,522 | 52,8% | 280,948 | 47,2% |
17 | Fecha Desconocida | N/A | Establecimiento de Hogar para Mujeres Mayores |
No se clasificó |
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18 | 7 de Noviembre de 1922 | 2 | Ley de aplicación de la prohibición | Ley aprobada por los electores | 445,076 | 52,0% | 411,133 | 48,0% |
19 | 7 de Noviembre de 1922 | 5 | Ley Estatal de Vivienda | Ley rechazada por los votantes | 117,110 | 15,6% | 635,919 | 84,4% |
20 | 7 de Noviembre de 1922 | 24 | Regulación de la práctica del derecho | Ley rechazada por los votantes | 197,905 | 26,3% | 555,522 | 73,7% |
21 | Fecha Desconocida | N/A | Derogación de la Ley Wright | No se clasificó |
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22 | Archivado en 1923 | N/A | Derogación de la Ley de Propiedad Comunitaria |
No se clasificó |
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23 | 3 de Noviembre de 1926 | 3 | Oleomargarina | Ley rechazada por los votantes | 287,703 | 27,7% | 749,640 | 72,3% |
24 | 6 de Noviembre de 1928 | 1 | Reprorrateo de Distritos Legislativos | Ley aprobada por los electores | 692,347 | 54,9% | 570,120 | 45,1% |
25 | 6 de Noviembre de 1928 | 8 | Tasas de matriculación de vehículos motorizados | Ley aprobada por los electores | 936,695 | 71,9% | 365,309 | 28,1% |
26 | Archivado en 1931 | N/A | Reprorrateo de los distritos senados/asambleas | No se clasificó |
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27 | Fecha Desconocida | N/A | Reprorrateo de los distritos congresionales | No se clasificó |
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28 | 3 de mayo de 1932 | 1 | Control de aceite | Ley rechazada por los votantes | 303,417 | 21,3% | 1,124,592 | 78,7% |
29 | 3 de mayo de 1932 | 2 | Prevención del arrendamiento de tierras de marea o playa propiedad del Estado para la producción de petróleo |
Ley aprobada por los electores | 794,329 | 59,3% | 545,464 | 40,7% |
30 | 19 de diciembre de 1933 | 1 | Agua y energía | Ley aprobada por los electores | 459,712 | 51,9% | 426,109 | 48,1% |
31 | Archivado en 1935 | N/A | Licencias de tiendas minoristas | No se clasificó |
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32 | 3 de Noviembre de 1936 | 18 | Impuesto sobre la oleomargarina | Ley rechazada por los votantes | 400,367 | 20,9% | 1,513,924 | 79,1% |
33 | 3 de Noviembre de 1936 | 22 | Licencias de tiendas minoristas | Ley rechazada por los votantes | 1,067,443 | 43,8% | 1,369,778 | 56,2% |
34 | 8 de Noviembre de 1938 | 10 | Arrendamientos petroleros en Tidelands de propiedad estatal y Huntington Beach |
Ley rechazada por los votantes | 491,973 | 22,8% | 1,666,251 | 77,2% |
35 | 8 de Noviembre de 1938 | 13 | Ley de bonos de ingresos de 1937 | Ley rechazada por los votantes | 516,591 | 26,1% | 1,465,841 | 73,9% |
36 | 8 de Noviembre de 1938 | 24 | Arrendamiento de Tidelands de propiedad estatal para perforación petrolera |
Ley rechazada por los votantes | 309,795 | 15,1% | 1,744,801 | 84,9% |
37 | 7 de Noviembre de 1939 | 3 | Propiedad Personal | Ley aprobada por los electores | 1,853,663 | 71,1% | 753,480 | 28,9% |
38 | 7 de Noviembre de 1939 | 4 | Corredores de Propiedad Personal | Ley aprobada por los electores | 1,850,811 | 71,6% | 732,873 | 28,4% |
39 | 7 de Noviembre de 1939 | 5 | Control de Petróleo y Gas | Ley rechazada por los votantes | 1,110,316 | 38,7% | 1,755,625 | 61,3% |
40 | 3 de Noviembre de 1942 | 1 | Prohibir la “carga caliente” y el “boicot secundario” |
Ley aprobada por los electores | 1,124,624 | 55,3% | 909,061 | 44,7% |
41 | Archivado en 1943 | N/A | Permite ausencia de niños de escuelas públicas para participar en ejercicios religiosos |
No se clasificó |
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42 | Archivado en 1951 | N/A | Exención del impuesto a la propiedad | No se clasificó |
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43 | 4 de Noviembre de 1952 | 3 | Fiscalidad: Exención de bienestar de propiedad escolar sin fines de lucro |
Ley aprobada por los electores | 2,441,005 | 50,8% | 2,363,528 | 49,2% |
44 | Archivado en 1963 | N/A | Discriminación en la vivienda | No se clasificó |
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45 | Archivado en 1964 | N/A | Unificación del Distrito Escolar | No se clasificó |
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46 | Archivado en 1975 | N/A | Delitos Sexuales | No se clasificó |
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47 | 8 de Junio de 1982 | 9 | Canal periférico | Ley rechazada por los votantes | 2,049,042 | 37,3% | 3,444,483 | 62,7% |
48 | 8 de Junio de 1982 | 10 | Reprorrateo de los distritos congresionales | Ley rechazada por los votantes | 1,764,981 | 35,4% | 3,226,333 | 64,6% |
49 | 8 de Junio de 1982 | 11 | Reprorrateo de los Distritos del Senado |
Ley rechazada por los votantes | 1,883,702 | 37,8% | 3,101,411 | 62,2% |
50 | 8 de Junio de 1982 | 12 | Reasignación de los distritos de asamblea | Ley rechazada por los votantes | 1,889,730 | 37,9% | 3,091,888 | 62,1% |
51 | Archivado en 1983 | N/A | Reprorrateo de los distritos congresionales | No se clasificó |
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52 | Archivado en 1999 | N/A | Armas de Asalto | No se clasificó |
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53 | 7 de Marzo de 2000 | 29 | Revocar los estatutos de juegos de la India |
Ley aprobada por los electores | 4,713,594 | 64,6% | 2,592,107 | 35,4% |
54 | 7 de Marzo de 2000 | 30 | Prácticas de Reclamaciones de Seguros. Recursos Civiles. |
Ley rechazada por los votantes | 2,210,112 | 31,5% | 4,795,576 | 68,5% |
55 | 7 de Marzo de 2000 | 31 | Prácticas de Reclamaciones de Seguros. Modificaciones a los recursos civiles. |
Ley rechazada por los votantes | 1,959,194 | 28,4% | 4,936,904 | 71,6% |
56 | Archivado en 2002 | N/A | Ley de emisiones de gases de efecto invernadero |
No se clasificó |
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57 | Archivado en 2002 | N/A | Modificaciones al Procedimiento de Sentencia Sumaria Judicial |
No se clasificó |
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58 | Archivado en 2003 | N/A | Ley de Licencia de Conducir para Inmigrantes |
No se clasificó |
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59 | Archivado en 2003 | N/A | Ley de parejas domésticas | No se clasificó |
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60 | 2 de Noviembre de 2004 | 72 | Requisitos de cobertura de atención médica |
Ley rechazada por los votantes | 5.709.500 | 49,2% | 5,889,936 | 50,8% |
61 | Archivado en 2005 | N/A | Autorización de ordenanzas específicas para perros |
No se clasificó |
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62 | Archivado en 2007 | N/A | Referéndum para revocar enmiendas al Código de Educación |
No se clasificó |
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63 | 5 de Febrero de 2008 | 94 | Referéndum sobre la enmienda al Pacto de Juegos de la India |
Ley aprobada por los electores | 4,812,313 | 55,6% | 3,848,998 | 44,4% |
64 | 5 de Febrero de 2008 | 95 | Referéndum sobre la enmienda al Pacto de Juegos de la India |
Ley aprobada por los electores | 4,809,573 | 55,6% | 3,841,352 | 44,4% |
65 | 5 de Febrero de 2008 | 96 | Referéndum sobre la enmienda al Pacto de Juegos de la India |
Ley aprobada por los electores | 4,785,413 | 55,5% | 3,844,408 | 44,5% |
66 | 5 de Febrero de 2008 | 97 | Referéndum sobre la enmienda al Pacto de Juegos de la India |
Ley aprobada por los electores | 4,786,884 | 55,5% | 3,838,892 | 44,5% |
67 | Archivado 18 de Julio de 2011 | N/A | Referéndum para revocar ley que requiere que los minoristas de Internet recauden los mismos impuestos sobre ventas o uso que otros minoristas |
No se clasificó | ||||
68 | Presentada el 25 de Julio de 2011 | N/A | Referéndum para revocar requisitos de no discriminación para la instrucción escolar. |
No se clasificó | ||||
69 | Archivado 1 de Agosto de 2011 | N/A | Referéndum para revocar ley que requiere que el Estado establezca cuota de prevención de incendios. |
No se clasificó | ||||
70 | Archivado 1 de Agosto de 2011 | N/A | Referéndum para revocar Autorización de Agencias Alternativas de Redesarrollo. |
No se clasificó | ||||
71 | 6 de Noviembre de 2012 | 40 | Redistribución de distritos. Distritos del Senado Estatal. Referéndum. |
Ley aprobada por los electores | 8,354,156 | 71,9% | 3,258,740 | 28,1% |
72 | Archivado 9 de septiembre de 2011 | N/A | Redistribución de distritos. Distritos del Congreso. Referéndum. |
No se clasificó | ||||
73 | Archivado 17 de octubre de 2011 | N/A | Referéndum para revocar cambios a elecciones de medida electoral. |
No se clasificó | ||||
74 | Archivado 20 de octubre de 2011 | N/A | Referéndum para revocar la ayuda financiera estatal para estudiantes indocumentados. |
No se clasificó | ||||
75 | Presentada el 28 de octubre de 2011 | N/A | Referéndum para revocar ley que prohíbe el uso requerido de los sistemas electrónicos federales de verificación de empleo. |
No se clasificó | ||||
76 | 4 de Noviembre de 2014 | 48 | Referéndum para revocar los pactos de juegos indios. |
Ley rechazada por los votantes | 2,702,157 | 39,00% | 4,219,881 | 61,00% |
77 | Archivado 26 de Agosto de 2013 | N/A | Referéndum para revocar requisitos de no discriminación para programas y actividades escolares. |
No se clasificó | ||||
78 | Archivado el 7 de Noviembre de 2013 | N/A | Referéndum para revocar ley que permite a profesionales médicos con licencia especificados realizar procedimientos de aborto temprano. |
No se clasificó | ||||
79 | Archivado el 7 de Noviembre de 2013 | N/A | Referéndum para Reimponer Normas Distintas en Clínicas que Prestan Servicios de Aborto que en Otras Clínicas de Atención Primaria. |
No se clasificó | ||||
80 | Archivado 10 de octubre de 2014 | 67 | Referéndum para revocar prohibición de bolsas plásticas de un solo uso. |
Ley aprobada por los electores | 7,228,900 | 5330% | 6,340,322 | 46,70% |
81 | Publicada el 1 de Julio de 2015 | N/A | Referéndum para permitir la exención de creencias personales del programa de inmunización obligatoria para escolares. |
No se clasificó | ||||
82 | Archivado 16 de octubre de 2015 | N/A | Referéndum para revocar la Ley de Ayuda a la Morir. |
No se clasificó | ||||
83 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que redefine las armas de asalto. |
No se clasificó | ||||
84 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que prohíbe la posesión de cargadores de municiones de gran capacidad. |
No se clasificó | ||||
85 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que regula la venta de municiones. |
No se clasificó | ||||
86 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que redefine las armas de asalto. |
No se clasificó | ||||
87 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que establece sanciones penales por reportar falsamente armas de fuego perdidas o robadas. |
No se clasificó | ||||
88 | Presentada el 25 de Julio de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que regula los préstamos de armas de fuego. |
No se clasificó | ||||
89 | Archivado 8 de Agosto de 2016 | N/A | Referéndum para revocar ley que requiere números de serie en armas de fuego fabricadas o ensambladas personalmente. |
No se clasificó | ||||
90 | Archivado 27 de octubre de 2017 | N/A | Referéndum para revocar ley que define la participación de las agencias estatales y locales de aplicación de la ley en la aplicación de la ley especificada. |
No se clasificó | ||||
91 | Archivado 11 de septiembre de 2019 | N/A | Referéndum Desafiando Ley 2019 Incrementando Supervisión Estatal de Exenciones Médicas a los Requisitos de Vacunación Escolar. | No se clasificó | ||||
92 | Archivado 11 de septiembre de 2019 | N/A | Referéndum Desafiando Ley 2019 Sobre Supervisión Estatal de Exenciones Médicas a los Requisitos de Vacunación Escolar. | No se clasificó | ||||
93 | 3 de Noviembre de 2020 | 25 | Referéndum para revocar una ley de 2018 que reemplazó el sistema de fianzas monetarias por un sistema basado en el riesgo de seguridad pública. | Ley rechazada por los electores | 7,232,380 | 43,60% | 9,358,226 | 56,40% |
94 | Noviembre 8, 2022 | 31 | Referéndum que impugna una ley de 2020 que prohíbe la venta al por menor de ciertos productos de tabaco aromatizados. | Ley aprobada por los electores | 6,803,424 | 63,40% | 3,923,383 | 36,60% |
95 | 5 de Noviembre de 2024 | N/A | Referéndum desafía ley de 2022 que autoriza la creación de un consejo para establecer salarios mínimos y estándares de trabajo para los trabajadores de comida rápida | Retirado 1 | ||||
96 | 5 de Noviembre de 2024 | N/A | Referéndum Desafiando la Ley de 2022 que prohíbe nuevos pozos de petróleo y gas cerca de hogares, escuelas y hospitales. | Retirado 2 |
1 En cumplimiento de la promulgación del Proyecto de Ley de la Asamblea 421 (cap. 162, Estados de 2023), con efecto a partir del 8 de septiembre de 2023, se anuló el certificado que calificaba este referéndum para la boleta de Elección General del 5 de Noviembre de 2024. En consecuencia, la medida pasó a ser elegible para la boleta electoral de las Elecciones Generales del 5 de Noviembre de 2024 y habría sido re-calificada para esa boleta de no ser retirada por los proponentes antes del 27 de Junio de 2024. El referéndum fue retirado por los proponentes el 29 de diciembre de 2023.
2 De conformidad con la promulgación del Proyecto de Ley de la Asamblea 421 (cap. 162, Estados de 2023), con efecto a partir del 8 de septiembre de 2023, se anuló el certificado que califica este referendo para la boleta de Elección General del 5 de Noviembre de 2024. En consecuencia, la medida pasó a ser elegible para la boleta electoral de las Elecciones Generales del 5 de Noviembre de 2024 y habría sido re-calificada para esa boleta de no ser retirada por el proponente antes del 27 de Junio de 2024. El referéndum fue retirado por el proponente el 27 de Junio de 2024.